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Digitalización

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¿Está entregando su cargo?

¿Cree que pueden manipular los documentos firmados?

¿Sospecha de algún complot administrativo en su contra?

¿Es factible que alguien desaparezca algunos documentos?

 Tenga tranquilidad y control sobre sus soportes en papel, en ISSO, obtenemos las imágenes de sus documentos físicos realizando los controles más estrictos de calidad según las especificaciones de la Norma Técnica Colombiana, la Legislación Vigente y las posibilidades y requerimientos de nuestros clientes.

Utilizamos formatos de Indexación y Consulta por reconocimiento OCR en extensiones  Pdf, Tif, Jpg garantizando su fidelidad, su fácil reproducción, consulta, visualización y certificación de contenidos con validez jurídica y probatoria.

Planes de Digitalización desde $90.

PROGRAMAS ESPECIALES DE DIGITALIZACIÓN PARA PERSONAS Y ENTIDADES

LIQUIDADORES DE ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS.

Escaneo de documentos de la entidad y entrega de copias sobre los actos administrativos de su responsabilidad.

FUNCIONARIOS PÚBLICOS O CON FUNCIONES PÚBLICAS.

Alcaldes, Gobernadores, Ministros, o funcionarios que deseen mantener los actos administrativos de su responsabilidad escaneados para evitar manipulaciones, perdidas, alteraciones o saboteos una vez entreguen sus cargos.

GERENTES O DIRECTORES ADMINISTRATIVOS

Mantenga facturas, egresos o ingresos debidamente digitalizados y soportados.  Evite investigaciones administrativas por sabotaje, complots, destrucción de archivos.  Mantenga la memoria histórica de su cargo y de la organización.

DIGITALIZACIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS

Garantice la reserva de la información y el derecho de conservación por los 30 años mínimos exigidos por la ley.  Cumplimiento Resolución 1995 de 1999.

DIGITALIZACIÓN DE HISTORIAS LABORALES

Ofrezca a sus empleados activos y retirados su derecho a la información, contemplada constitucionalmente, y garantice la conservación que por ley les corresponde por hasta 80 años. CST Art. 39, Art 42 y Art. 151

DIGITALIZACIÓN DE SOPORTES CONTABLES Y FINANCIEROS

El Artículo 60 del código de comercio establece que los documentos deben ser conservados por lo menos por 10 años a partir del último asiento contable, posteriormente “podrán” conservarse en medios de almacenamiento digital.  Sin embargo es necesaria la idoneidad en la obtención de imágenes y la garantía de no haber sido manipuladas.

leo.

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